A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Banco Agrario De Colombia Sa·Demandado Castellanos Forero Rafael Augusto
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de repetición
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 2° Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías y Conocimiento de Vélez (Santander) y el Juzgado 3° Administrativo de San Gil (Santander).
Dicha controversia recae sobre el conocimiento de la acción de repetición presentada por el Banco Agrario de Colombia S.A. contra un servidor por una presunta negligencia en el cumplimiento de sus funciones.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Sala resolvió que, a partir de la entrada en vigencia del CPACA, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer de las acciones de repetición que promuevan las entidades públicas, inclusa aquellas que tengan el carácter de instituciones financieras, aseguradoras, intermediarios de seguros, o intermediarios de valores, en contra de sus ex servidores públicos por la presunta conducta dolosa o gravemente culposa que haya dado lugar al reconocimiento y pago de una indemnización por perjuicios a cargo de la entidad.
Con fundamento en lo anterior, la Sala ordenó remitir el expediente al Juzgado 3° Administrativo de San Gil para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 2° Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías y Conocimiento de Vélez y el Juzgado 3° Administrativo de San Gil, y DECLARAR que el Juzgado
- Tercero. Administrativo de San Gil es el competente para conocer y decidir la acción de repetición promovida por el Banco Agrario de Colombia S.A. contra el señor Rafael Augusto Castellanos Forero.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1507 al Juzgado 3° Administrativo de San Gil para que, de manera inmediata, prosiga con el trámite de la referida acción de repetición y para que comunique la presente decisión al Juzgado 2° Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías y Conocimiento de Vélez, así como a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.